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martes, 19 de marzo de 2013

El número de virus para Android sigue creciendo y podría llegar a ser una epidemia

17/03/2013 www.20minutos.es

Los dispositivos Android son cada vez con más frecuencia el objetivo para los autores de 'malware', según indica el último informe de G Data. El número de nuevos virus elaborados para este sistema se ha multiplicado por cinco respecto a los primeros seis meses de 2012, alcanzando un máximo de unos 140.000 nuevos programas maliciosos al final del año.

La actividad de 'malware' contra 'smartphones' y 'tablets' con Android se desarrolla cada día de manera más eficaz y rápida. La creación de nuevos virus para PC ha registrado un descenso, aunque el volumen total de amenazas sigue siendo mayor que para Android.

El informe de G Data indica que los atacantes están utilizando menos 'malware' de propagación masiva para centrarse principalmente en la creación de código malicioso más complejo y sofisticado. En el año 2012 se descubrieron más de 2,6 millones de nuevas cepas de 'malware' para sistemas Windows.

El experto en seguridad de G Data Software, Eddy Willems, explica que los atacantes cada vez más intentan integrar los dispositivos infectados en 'botnets'. De esta forma, convierten los 'smartphones' en auténticos aspersores de 'spam'.

Los ciberdelincuentes usan principalmente troyanos y estrategias comprobadas para cometer delitos electrónicos, incluyendo el uso de copias manipuladas de aplicaciones conocidas y de aplicaciones con funciones aparentemente legítimas.

G Data ofrece una serie de previsiones para los próximos meses entre las que destaca que el número de programas maliciosos para Android continuará creciendo. También afirma que el malware para Windows continuará bajando. Entre las preocupaciones está que empezará a explotarse la tecnología NFC .

WhatsApp para iPhone también cobrará cuota anual

PARA NUEVOS USUARIOS
Europapress - MADRID, 18 Mar. (Portaltic/EP)


WhatsApp ha decidido cambiar su estrategia de cobro en iOS. En lugar de pagar por única descarga, los nuevos usuarios de iPhone tendrán que pagar por cuota anual, como ocurre con el resto de sistemas operativos.

La información ha sido recogida por TechCrunch de dos blogs holandeses, Tweakers y Techtastic, que han tenido la oportunidad de hablar con el CEO de WhatsApp, Jan Coum. El máximo responsable de la compañía ha indicado que el cambio en el modelo de pago de iPhone se producirá a lo largo de este año, aunque no ha dado una fecha concreta. Tampoco ha explicado la rrazón.

El cambio afectará únicamente a los nuevos usuarios de WhatsApp, pero no para aquellos que ya adquirieron la aplicación en base a otro acuerdo de licencia, que les concede permiso para usar WhatsApp de por vida. De esta forma, los futuros usuarios de WhatsApp en iPhone tendrán las mismas condiciones que los de Android, Windows Phone, BlackBerry y Nokia.

WhatsApp decidió afrontar diferentes políticas de pago según el sistema operativo cuando fue lanzado. En iPhone se optó por un obligatorio y único pago al descargar la aplicación, seguramente debido al perfil de usuario más proclive a pagar por aplicaciones en la plataforma de Apple. En el resto se ofrecía la aplicación gratis durante un tiempo limitado para después pasar a cobrar una cuota anual, algo que ha empezado a ocurrir en las últimas semanas.

Sin embargo esta diferencia se ha convertido en la trampa de WhatsApp, ya que permite a los usuarios pagar sólo una vez por la aplicación en iPhone y utilizarla siempre en cualquier terminal. Teniendo en cuenta que es sencillo recurrir a esta práctica y que los usuarios cada vez cambian más rápido de sistema operativo, seguramente WhatsApp esté tratando de evitar que se esquive el pago de la cuota anual.

En cualquier caso, como decimos, este cambio no va a afectar a los usuarios que ya descargaron y pagaron por WhatsApp para iPhone, sino a los nuevos ususarios.

Por otro lado, el CEO de WhatsApp ha indicado que no entra en los planes de la compañía lanzar una versión de escritorio. A su juicio, la gente se está moviendo hacia el móvil para utilizar servicios de mensajería, por lo que no lo consideran una prioridad. Sí que contemplan otras posibilidades, como ofrecer video por streaming, algo que "definitivamente no va a llegar este año".

Con más de 100 millones de usuarios sólo en Android y más de 17.000 millones de mensajes gestionados cada día, WhatsApp es uno de los servicios de mensajería más importantes del mundo. Sin embargo, el inicio del cobro de la cuota anual no ha sentado bien a gran parte, que se están moviendo a otras opciones como Line, que ya tiene más de 100 millones de usuarios.

lunes, 11 de marzo de 2013

'Quedelibros.com' lleva la 'ley Sinde' a la Audiencia Nacional


El mundo: Pablo Romero | Madrid
Actualizado martes 05/03/2013 09:44 horas


La responsable del sitio web 'Quedelibros.com' ha impugnado ante la sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional una resolución de la Comisión de la Propiedad Intelectual (la llamada'Comisión Sinde') enviada en septiembre de 2012, que afirmaba que en dicha página existía vulneración de derechos de autor.
Según Bufet Almeida Abogados, el despacho de abogados que representa a la dueña del sitio web en cuestión, se trata de la primera vez que el dueño de un sitio web notificado impugna ante los tribunales una decisión de la citada Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI), que se realizo a petición de la entidad de gestión de derechos de autor CEDRO

Uno de los principales argumentos que esgrime es la gran cantidad de sentencias que consideran que un enlace no se puede considerar como 'comunicación pública'. "No hay actividad delictiva", afirman sus abogados, y por tanto "un órgano administrativo, como es la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, no puede actuar en contra de un pronunciamiento judicial unánime que sigue los dictados legales".

Este punto es importante, ya que los jueces de la Sección 6 de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional deberán pronunciarse sobre la idoneidad del procedimiento que establece la 'Ley Sinde', que otorga a una comisión administrativa la potestad para decidir si un contenido realmente vulnera la propiedad intelectual de un tercero y para exigir su bloqueo o, en su caso, su retirada.

"No existe norma alguna", alegan los abogados de la parte demandante, "que sancione o prohíba la actividad desarrollada por mi representada, meramente informativa". También recuerda que no existe un ánimo de lucro en la actividad de diga página, no existe explotación comercial de contenidos ajenos.
Con URL, sin enlaces

Además, concretamente el caso de 'Quedelibros.com', un sitio que según queda descrito en la demanda, "se creó con la intención de formar una recopilación de direcciones sobre los lugares donde encontrar libros online", destacan que en ningún caso proporciona enlaces sino direcciones URL que no se pueden 'clickar'.

En la demanda se remarca que "no existen enlaces directos que permitan visualizar o descargar el contenido de obras protegidas en la página www.quedelibros.com".

No obstante, la CPI afirma que "desarrolla una conducta de localización de contenidos, facilitando URLs específicas a contenidos específicos, por lo que "declara a 10DENCEHISPAHARD -responsablede la empresaCDMon, que gestionó la compra del dominio del acortador de URLlinksole.com- y a (la responsable de 'Quedelibros.com') como responsables de una vulneración de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra 'La sombra del viento de Carlos Ruiz Zafón', y "se les ordena la retirada de otros contenidos que vulneran derechos de propiedad intelectual", como las obras 'Tengo ganas de ti' de Federico Moccia, 'Venganza en Sevilla' de Matilde Asensi y 'El ángel perdido' de Javier Sierra.

En el texto de la demanda se pone de relieve, por ejemplo, que "en el caso concreto de la presunta obra literaria 'La sombra del viento', de Carlos Ruiz Zafón, en la direcciónhttp://www.quedelibros.com/libro/10015/La-Sombra-Del-Viento.html se informa que el usuario vir1011_87 nos aconseja visitar la dirección linksole.com/7nowctsf, pero no se puede hacer clic sobre dicha dirección, ni acceder a la misma desde 'Quedelibros.com'".

En el mismo escrito se recuerda que el citado enlace acortaba otro, una dirección donde podía localizarse el enlace de acceso, ubicado en la página www.labuenaletra.es. "El sitio Labuenaletra.es, web española desarrollada con la colaboración del Ayuntamiento de Fuenlabrada y la Concejalía de Cultura de la Ciudad, integra el enlace de hipertexto que permite descargar la obra objeto del expediente, 'La sombra del viento'", prosigue la explicación de la demanda, y añade: "Las páginas denunciadas, no".

Por tanto, según los abogados del sitio web, "la única actividad que realiza la página 'Quedelibros.com' es proporcionar información acerca de obras que se hallan en páginas o ubicaciones ajenos. Su objeto no incumple o infringe norma alguna. No vulnera derecho de ningún tipo. Por el contrario, ejerce como su libertad de informar y de difundir la cultura".

Enlaces y derechos de autor

El abogado Carlos Sánchez Almeida, que además es autor del blog Jaque perpetuo, se pregunta: "¿Cómo es posible que losenlaces puedan ser considerados como una actividad vulneradora de la propiedad intelectual, si reiteradas sentencias penales y civiles no lo consideran así?

"La actividad de enlazar ha sido objeto de buen número de pronunciamientos de nuestra jurisprudencia", recuerda el abogado. "Nuestras Audiencias Provinciales han determinado en multitud de ocasiones que la actividad de enlazar en internet viene regulada por el vigente artículo 17 de la LSSI, y que tal actividad no constituye ni reproducción, ni distribución, ni comunicación pública ni puesta a disposición de obra intelectual alguna. Es decir, no puede encuadrarse en ninguno de los actos de explotación que menciona la Ley de Propiedad Intelectual".


El abogado también alude a una sentencia "especialmente relevante en el orden civil", del Caso Indice-web. "En dicha sentencia se deja meridianamente claro que los enlaces de Internet a páginas ajenas a no constituyen comunicación pública de las obras, la cual solo puede darse cuando la descarga directa se produce desde la propia página demandada", remarca el abogado.

Jurisprudencia - Caso Pablo Soto


Sentencia histórica: se absuelve a Pablo Soto por crear software P2P y se condena en costas a las discográficas.

Las multinacionales discográficas pedían más de 13 millones de euros por los supuestos perjuicios ocasionados.
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CASO PABLO SOTO: ACCIONES LEGALES
CONTRA LETRADOS Y PERITOS DE LAS DISCOGRÁFICAS
Los letrados de las discográficas habrían dado instrucciones a sus peritos
sobre lo que debían contestar durante el juicio

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19/12/2012 http://www.lavanguardia.com/tecnologia

El informático Pablo Soto, acusado en mayo de 2009 en el mayor juicio en España contra los programas de intercambio de arhivos p2p (peer-to-peer), ha iniciado acciones legales contra los abogados y peritos de las discográficas que le demandaron por irregularidades durante el juicio.

Soto fue demandado por trece millones de euros por las cuatro mayores multinacionales discográficas del mundo (Sony, Warner, Universal, EMI) y la patronal Promusicae, por desarrollar un software p2p, una acusación por la que fue absuelto. Tras recibir sentencia favorable en diciembre de 2011, ha solicitado ante la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28) el inicio de acciones legales contra los letrados y algunos de los peritos de las demandantes.

El joven informático, que está respresentado por David Bravo, especialista en propiedad intelectual y derecho informático, denuncia que los letrados de las discográficas dieron indicaciones a los peritos sobre qué debían contestar en el jucio. Las pruebas documentales que aportan son un escrito de conclusiones del juicio presentado por las demandantes, en el que por error se mantenían determinadas notas en las que parecían darse instrucciones a los peritos sobre lo que debían contestar, lo que tenían que omitir e incluso las excusas y justificaciones que debían dar a las preguntas de los letrados del demandado; y "las grabaciones del juicio para que pueda comprobarse por el juzgado que las respuestas que ofrecieron los peritos se adecuan perfectamente a las notas que se encuentran en el escrito de las demandantes".

Según David Bravo el escrito “parecía ser un mero borrador pergeñado antes del juicio y en el que por descuido todavía se contenían anotaciones que obviamente no iban dirigidas a su lectura por el juzgado y, mucho menos, por nosotros”. En este documento podían hallarse notas tras cada pregunta en las que parecían darse indicaciones de forma directa a los peritos sobre lo que tenían que contestar.

Así en el texto se hallaban las siguientes notas tras su correspondiente pregunta al perito: “ante preguntas sobre esto, decir que no eres jurista pero que no se te pasa por la cabeza que las certificaciones sean falsas” o “para mencionar que están ahora [los programas] disponibles en cinco idiomas distintos del inglés; mejor no entrar en la cuestión de la gateway”. En otra ocasión se le recordaba al perito que la pregunta era “para darte cancha” a la hora de criticar las periciales del demandado, exponiendo posteriormente cuáles eran las cuestiones a señalar.

David Bravo, abogado de Soto, explica que “se han presentado las grabaciones del juicio para que pueda comprobarse por el juzgado que las respuestas que ofrecieron los peritos se adecuan perfectamente a las notas que se encuentran en el escrito de las demandantes. No obstante, ahora serán los juzgados los que habrán de calificar estos hechos, si deben tenerlos o no como ciertos y su trascendencia legal”.

Abstención del Magistrado Ponente de la Audiencia

En el mismo escrito presentado y por economía procesal se ha aprovechado para poner en conocimiento del Magistrado ponente determinadas causas que podrían invitarle a su propia abstención del conocimiento del caso.

Bravo explica que “se ha expuesto que esta parte ha tenido conocimiento de que el Ilmo Magistrado ponente es profesor del Master de Propiedad Intelectual de la Autónoma de Madrid, que está dirigido por Rodrigo Bercovitz ,uno de los letrados firmantes de la demanda contra Soto. Además de Bercovitz, otros tres letrados que forman el equipo jurídico de las discográficas demandantes, así como quien representó legalmente en el juicio a una de las discográficas, son también profesores de este máster.

"A mayor abundamiento, son colaboradoras del Master del que es profesor el Magistrado ponente que resolverá el recurso de las majors tres de las cuatro discográficas que recurren la sentencia favorable a Pablo Soto. Aunque confiamos plenamente en la imparcialidad del Magistrado entendemos que él mismo y por prudencia puede preferir su propia abstención ante los hechos que se le han expuesto”, concluye Bravo.

jueves, 7 de marzo de 2013

Noticias sobre fraude fiscal


Abogacía del Estado se persona contra Urdangarín por fraude fiscal 

El juez instructor del 'caso Nóos', José Castro, ha admitido la personación como acusación particular de la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), después de que así lo solicitase Hacienda ante el presunto fraude fiscal por valor de unos470.000 euros en el que habrían incurrido tanto el Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, como el Instituto Nóos. 

Mediante un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía del Estado solicita ser parte en la causa tras haber tenido conocimiento de la denuncia interpuesta por la Fiscalía Anticorrupción por la supuesta comisión de dos delitos fiscales por el impago del IRPF en 2007 y 2008 por parte del marido de la Infanta Cristina y de un delito contra la Hacienda Pública en el Impuesto de Sociedades en 2007 en el caso de la entidad aparentemente sin ánimo de lucro. 

En un informe presentado ante el juez, la Agencia Tributaria señala que, para eludir abonar a Hacienda el Impuesto de Sociedades, desde Nóos se habrían presentado gastos ficticios que, según Hacienda y el Ministerio Público, eran "irreales", por lo que "no podían deducirse válidamente". 

En concreto, entre los gastos analizados por Hacienda se encuentran los procedentes de supuestos servicios prestados por sociedades relacionadas con ambos encausados, como De Goes Center for Stakeholders Management, Lobby de Comunicación, Nóos Consultoría Estratégica y Torres-Tejeiro Consultoría Estratégica, cuyas facturas "no responden a servicio real alguno". 

Vigo: Caso de las 5 Jotas 

Un total de 10 empresarios gallegos desfilarán a lo largo de esta semana ante la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Vigo para cambiar su declaración inicial y confesar su participación en el mayor red de fraude fiscal de Galicia, en el caso de Las 5 Jotas. Todo apunta a que las autoinculpaciones forman parte de un acuerdo tácito con la Fiscalía y la Agencia Tributaria para cerrar un pacto de dos años de cárcel -sin ingreso en prisión- que sellarían en una vista por conformidad en un juicio penal. 

Cuatro directivos, uno de ellos de una firma de A Coruña, se inculparon ayer y otros seis lo harán en lo que resta de semana, dos por jornada. Los empresarios reconocen ante la jueza que declararon falsas facturas de IVA por obras que no se hicieron. Podría aumentar la cifra la próxima semana. 

Un equipo especial de Hacienda continúa con la investigación de esta trama de facturas falsas en Galicia. Las pesquisas comenzaron hace tres años y el fisco continúa con las denuncias a empresarios cuyo nombre encuentra en los recibos falsos. Hay 300 empresas investigadas y más de 200 imputados 

Reino Unido: Fraude Fiscal de ONG 

Inaudito. El último nombre que ha salido a la luz envuelto en una trama fiscal no corresponde a ninguna multinacional ni tampoco a ningún millonario que se ha llenado los bolsillos con operaciones en la City, sino a una ONG que supuestamente se ganaba la vida ayudando, entre otros, a niños y soldados británicos. Cup Trust, una de las mayores charities del Reino Unido no sólo servía como tapadera para evadir impuestos sino que además engrosaba las arcas de sus “donantes” por sumas que nada tenían que ver con fines filántropos. Se trata de uno de los mayores fraudes de la historia del país. 

Su modus operandi era el siguiente: la ONG compraba anualmente metales y bonos del Estado que vendía por una mínima suma a los inversores a través de terceros. Estos inversores a su vez vendían a precio de mercado los bienes y transferían a la ONG las ganancias obtenidas en la operación en forma de donación. Luego reclamaban una compensación a Hacienda a través del Gift Aid, un sistema legal que reduce la retribución al fisco por contribuir con este tipo de organizaciones. Bajo este método, Cup Trust -que registró unos ingresos de 176 millones de libras (205 millones de euros) entre 2010 y 2011- desvió hasta 46 millones de libras (53 millones de euros).

El Gobierno da el primer paso en el apoyo a los emprendedores

elconomista.es, José María Triper, 4/3/2013

El Gobierno ha decidido abordar, por fin, el frente de apoyo a los emprendedores y el empleo juvenil. Dos ofensivas conjuntas y complementarias que lidera la ministra Fátima Báñez y que se concretará, en pocas semanas, en la Estrategia para el Emprendimiento y el Empleo Juvenil. Un primer avance de ese Plan o Ley de Emprendedores, que el presidente del Gobierno había prometido para antes del primer trimestre del año pasado, en el que se aparcan, de momento, las medidas fiscales que son, por otra parte las más demandadas por el colectivo de las pymes y de los autónomos.

Un plan de emprendimiento que contará con fondos comunitarios y que se vertebrará sobre tres ejes fundamentales: las bonificaciones y reducciones en las cotizaciones sociales, una mayor flexibilidad para compatibilizar la prestación del desempleo con el emprendimiento, y la segunda oportunidad para aquellos emprendedores que fracasen y quieran reintentar, siguiendo el modelo ya vigente en otros países europeos de nuestro entorno.

Tarifa plana
La propia ministra Fátima Báñez, ha avanzado ya que una de las medidas estrella del proyecto será la tarifa plana, denominación que se utiliza para explicar la fijación de una tarifa plana de 50 euros durante seis meses para las cotizaciones sociales para jóvenes de hasta 30 años que pongan en marcha nuevas iniciativas empresariales. Una medida que podría inducir entre 10.000 y 15.000 altas anuales de jóvenes autónomos, con un coste estimado de más de 15 millones cada año.

Además de la tarifa plana, la estrategia que prepara el Ministerio incluirá también una reducción del 30 por ciento en las cotizaciones sociales durante dos años para hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35: además de medidas de fomento a la contratación, entre las que se barajan bonificaciones en las cotización social de hasta el 85 por ciento para el primer año de contrato, del 75 por ciento en el segundo y del 60 por ciento en el tercero.

Un primer paquete que el presidente Rajoy, harto de que le reprochen sus incumplimientos, quiere anunciar en el próximo Debate del Estado de la Nación, en el que quiere llevar un programa completo de actuaciones para contrarrestar, en lo posible, las derivaciones del caso Bárcenas y la contabilidad en B. Otra cosa es que pueda conseguirlo. Difícil lo tiene, por buenas que sean las medidas.